Skip to main
 
 
 
 
 
 

Admisión y salida temporaria

Este trámite se encuentra en la órbita de la Dirección Nacional de Aduanas. A efectos de realizar esta gestión, deberá comunicarse con la DNA.

 

Admisión Temporaria

Objetivo

Facilitar la introducción al país en régimen de admisión temporaria de bienes destinados al fomento de actividades de carácter científico o cultural, incluídas las cinematográficas y audiovisuales, por un plazo de 90 días por parte de personas físicas o jurídicas radicadas en el extranjero previa comunicación del Ministerio de Educación y Cultura, dando cuenta de la realización y fecha del evento.

La Dirección Nacional de Aduanas (DNA) exonerará de la garantía correspondiente cuando la actividad a desarrollar haya sido declarada de Interés Ministerial, al amparo del decreto Ley 18.184, Decreto086/007 y Decreto Reglamentario 505/009.


Salida Temporaria

Objetivo

Facilitar la salida del país en régimen de salida temporaria a los bienes destinados al fomento de actividades de carácter científico o cultural, incluidas las cinematográficas y audiovisuales por un plazo de 90 días. Decretos 324/964, 81/973 y 533/991.


Procedimiento


Las solicitudes de trámite de Admisión Temporaria o Salida Temporaria deberán ser gestionadas a través del Portal VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior) bajo el código “ICES” por un despachante de aduanas y serán remitidas electrónicamente al ICAU para su correspondiente actuación. Una vez obtenida la aprobación se comunicará automáticamente a la DNA.
Para la exoneracion de la garantía deberá iniciarse previamente la solicitud de Declaración Ministerial de acuerdo a los procedimientos indicados en Declaración de Interés Ministerial.
Si el trámite de Declaración de Interés Ministerial no hubiere finalizado en los plazos necesarios, se admitirá por parte de la DNA la portada del expediente donde figura el número de expediente asignado al trámite para permitir una entrega anticipada de los bienes. Esta entrega anticipada se hará previo pago de la garantía por el monto y dentro del plazo que establezca DNA, dependiendo del volumen de los equipos y el proyecto específico.

Soporte


Por dudas o consultas de apoyo a usuarios del Sistema dirigirse a VUCE al teléfono 2916 6878 o por el correo electrónico: info@vuce.gub.uy
Se adjunta texto de los decretos, instructivo de procedimiento y requisitos para el registro en VUCE que pueden consultarse en la sección Procesos/Instructivos de VUCE